Consejo de Facultad

CargoNombre
1DecanoDr. Pedro Marcelo Alva Plasencia
2Consejero Docente Principal
3Consejero Docente Principal
4Consejero Docente Principal
5Consejero Docente Asociado
6Consejero Docente Asociado
7Consejero Docente Auxiliar
8Consejero Estudiante
9Consejero Estudiante
10Consejero Estudiante

El Consejo de Facultad es el órgano máximo de gobierno de la Facultad. La conducción y su dirección le corresponden al Decano, de acuerdo con las atribuciones señaladas en el presente Estatuto.

El Consejo de Facultad está conformado por:

  • El Decano, quien lo preside.
  • Tres (03) docentes principales.
  • Dos (02) docentes asociados.
  • Uno (01) docente auxiliar.
  • Tres (03) estudiantes.
  • Un (01) representantes de los graduados, debidamente acreditado, con derecho a voz, sin voto.

Los representantes docentes son elegidos por y entre ellos, según su categoría; su mandato dura cuatro (04) años.

Los representantes de los estudiantes regulares son elegidos por y entre éllos de la respectiva Facultad; deben pertenecer al tercio superior y haber aprobado como mínimo treinta y seis (36) créditos. Constituyen un tercio del total de integrantes del Consejo y su mandato dura dos (02) años.

El Consejo de Facultad tiene las siguientes atribuciones:

  1. Aprobar el Plan Estratégico, Plan Operativo y Reglamento de Organización y Funciones de la Facultad.
  2. Elaborar, ejecutar y evaluar el presupuesto de la Facultad.
  3. Aprobar los planes de trabajo de los Departamentos y demás unidades.
  4. Aprobar el número de vacantes de ingreso a las carreras profesionales propuesto por la Dirección de Escuela.
  5. Aprobar, en primera instancia, los currículos de las Escuelas Profesionales.
  6. Proponer al Consejo Universitario los currículos o rediseños curriculares para su ratificación.
  7. Aprobar las propuestas de distribución de cargas lectivas de los Departamentos.
  8. Aprobar los Grados Académicos y Títutlos Profesionales que otorga la Facultad.
  9. Aprobar convenios de la Facultad con instituciones públicas o privadas, con fines estrictamente académicos para beneficio de los docentes y estudiantes, sin comprometer los recursos físicos y/o económicos de la Universidad, respetando las normas de Tesorería y con cargo de dar cuenta al Consejo Universitario.
  10. Aprobar las modificaciones del Reglamento de Organización y Funciones de la Facultad con los dos tercios (2/3) de sus miembros.
  11. Pronunciarse sobre la renuncia del Decano y de los Consejeros de Facultad y declarar la vacancia del cargo.
  12. Las demás atribuciones que la Ley Universitaria establece.

El Consejo de Facultad se reúne ordinariamente una vez al mes y, extraordinariamente, cuando es convocado por el Decano o por la mitad más uno de sus miembros

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